Los/as enfermeros/as con título de Ayudante Técnico Sanitario (ATS) y los diplomados en Enfermería dispondrán de cinco años de plazo máximo para adquirir las competencias sobre indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios detalladas según se recoge en el último borrador del Real Decreto que regulará la prescripción enfermera en España.
En concreto, el proyecto de Real Decreto especifica que en el ámbito de los cuidados generales, los enfermeros deberán completar cursos semipresenciales de entre 150 y 180 horas lectivas para poder prescribir. Este periodo formativo deberá complementarse con otras 150-180 horas en el caso de los enfermeros del ámbito de cuidados especializados.
Para los graduados en Enfermería, además de estos cursos, existe la opción de obtener la acreditación convalidándola con el trabajo de fin de grado, equivalente a 6 créditos ECTS, y a través de los programas formativos de las especialidades enfermeras o con las normas autonómicas sobre el tema ya en vigor (como la de Baleares). “Ya hay cuatro o cinco promociones de enfermeros con las capacidades para prescribir que están esperando a la aprobación de esta norma para poder ejercerlas”, ha subrayado González Jurado, quien ha añadido que el nuevo Real Decreto, cuando se apruebe en 2014, “será el punto de partida, no el de llegada, para cerrar este proceso”.
Guías clínicas
Con este fin, la nueva normativa establece la creación de una Comisión de Protocolos, compuesta por representantes del CGE, el Gobierno y la Organización Médica Colegial (OMC), en la que se establecerán los contenidos de dichas guías. Finalmente, el último borrador ha eliminado otras tres comisiones técnicas adicionales a la de protocolos a petición del Ministerio de Hacienda, que “quería suprimir cualquier gasto adicional suprimible”, ha explicado González Jurado.