15/01/2016 Nota Informativa: RD “Prescripción Enfermera”

Tras la entrada en vigor del RD 954/2015, con fecha 24 de diciembre del pasado año, han sido muchas las dudas que se han venido planteando entre los colegiados acerca del verdadero alcance del mismo, y las repercusiones que tendrá en la labor que cada día desarrollan las enfermeras.

 

NOTA INFORMATIVA: RD “PRESCRIPCIÓN ENFERMERA”

   Tras la entrada en vigor del RD 954/2015, con fecha 24 de diciembre del pasado año, han sido muchas las dudas que se han venido planteando entre los colegiados acerca del verdadero alcance del mismo, y las repercusiones que tendrá en la labor que cada día desarrollan las enfermeras.

Con el fin de tranquilizar y aclarar, en la medida de lo posible, desde este Colegio hemos considerado oportuno emitir la presente nota informativa, con la advertencia de que hasta que la Consejería de Sanidad, no se manifieste al respecto, (ya se le ha dirigido una consulta por escrito, que adjuntamos para su conocimiento) todo lo que digamos debe ser tomado con las debidas precauciones:

    1º.- Desde el Colegio queremos transmitir cierta tranquilidad a todos los colegiados, frente a las opiniones vertidas desde ciertos sectores de la profesión, que al ver frustradas sus expectativas e intereses con la versión definitiva del Decreto, pretenden agitar al máximo la situación para ocultar su propia incapacidad y la frustración de sus objetivos, dicho sea de paso, no coincidentes con el interés de la profesión.

   2º.- Dicho lo anterior, queremos mostrar nuestra más radical oposición al citado decreto, pues lejos de servir al fin inicialmente previsto en la iniciativa legislativa, ha venido a confundir y crear innumerables problemas prácticos, que pueden llevar a la paralización de todo el sistema sanitario español. Por tal motivo, hemos dado expresas instrucciones a nuestra asesoría jurídica para proceder a recurrir ante el Tribunal Supremo dicho RD y a solicitar al mismo la suspensión cautelar de su aplicación.

   3º.- En particular, el colegio muestra su oposición a la necesidad de que para poder prescribir, incluso medicamentos no sujetos a prescripción médica, sea precisa la superación de unos cursos de formación de 180 horas en enfermeras generalistas y de 360 horas las enfermeras especialistas, cuando la formación académica que poseen todas las enfermeras es más que suficiente.

   4º.- Tampoco podemos estar de acuerdo con la necesaria prescripción individualizada para aplicación de medicamentos sujetos a prescripción médica, en los términos expresados en el citado RD, pues ello podría suponer la exigencia de una prescripción previa para la aplicación de cada medicamento, y la privación de validez absoluta a todos los protocolos, instrucciones o guías de actuación actualmente existentes en todos los centros sanitarios.

   5º.- Desde el Colegio queremos salir al paso de las advertencias que se han realizado desde ciertos sectores de la profesión acerca de la posible comisión de delitos de intrusismo por parte de las enfermeras que infrinjan la aplicación del RD, de la falta de cobertura de los diferentes seguros de Responsabilidad Civil, ya que a nuestro juicio tales afirmaciones adolecen de falta de rigor jurídico. Debiendo en todo caso prevalecer la atención a los pacientes.

   6º.- Aconsejamos a todos nuestros colegiados que antes de tomar cualquier decisión valoren la situación tratando de consensuar con los médicos de su equipo de trabajo o servicio, las actuaciones a realizar en evitación de incurrir en desatención a los pacientes.

   7º.- Animamos que ante cualquier duda de actuación sobre situaciones concretas, dirijan escrito pidiendo instrucciones a la Gerencia de la que dependan, así como a la Consejería de Sanidad, y en el caso de ejercer en centros privados a la dirección del mismo, puesto que es el empleador el que debe dar instrucciones a los trabajadores para el desempeño de su puesto de trabajo, e informar de los cambios en el mismo. Para ello pueden utilizar como base, el escrito que el Colegio ha elaborado y dirigido a la Consejería de Sanidad, o contactar con el Colegio en caso de necesitar ayuda en la redacción.

   8º.- El Colegio y la asesoría jurídica del mismo, están como siempre, a disposición de los colegiados para resolver cuantas dudas puedan surgir al respecto

15 de enero 2016

LA JUNTA DE GOBIERNO

Carta a la Consejera de Sanidad

Carta a la Consejera de Sanidad en formato word

15/01/2016 Nota Informativa: RD “Prescripción Enfermera”
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