26/10/2015-Comunicado del Colegio sobre la aprobación del R.D. Prescripción Enfermera

Comunicado de la Junta de Gobierno del Colegio de Enfermería de la Región de Murcia a sus colegiados tras la aprobación del RD de la «prescripción enfermera»

Tras la aprobación el viernes 23 de octubre del Real Decreto de la prescripción enfermera, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería de la Región de Murcia explica a los colegiados las principales implicaciones del documento, pendiente de publicación en el BOE.

 

Estimados colegiados.

Como saben, desde que la Ley 29/2006 de 26 de julio de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, dispuso que «los médicos, los odontólogos y los podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas, son los únicos profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica» y que incluso el uso, autorización y disposición de material sanitario y medicamentos no sujetos a prescripción médica requerían que las enfermeras nos acreditáramos, las enfermeras hemos seguido ejerciendo sin respaldo legal, a la espera de la anunciada regulación.

Han transcurrido 9 años y finalmente, el pasado viernes 23 de octubre de 2015, el Consejo de Ministros aprobó el texto del Real Decreto que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. Dicho texto, a nuestro juicio, no solo NO nos proporciona la necesaria cobertura legal sino que parece empeorar gravemente la situación de las enfermeras por cuanto:

– Ratifica que los médicos, los odontólogos y los podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas, son los únicos profesionales prescriptores.

– Exige que para poder ejercer las competencias en farmacología, que nos fueron acreditadas por el Ministerio de Educación en nuestra formación universitaria, nos sometamos a un nuevo proceso de acreditación, esta vez a cargo del Ministerio de Sanidad, mediante -entre otros requisitos- 180 horas de formación para las enfermeras generalistas y 360 para las enfermeras especialistas, con los mismos contenidos que ya adquirimos

– Y lo más grave: «Será necesario que el correspondiente profesional prescriptor haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, validado conforme a lo establecido en el artículo 6. Será en el marco de dicha guía o protocolo en el que deberán realizarse aquellas actuaciones, las cuales serán objeto de seguimiento por parte del profesional sanitario que lo haya determinado a los efectos de su adecuación al mismo, así como de la seguridad del proceso y de la efectividad conseguida por el tratamiento».

Así pues, antes teníamos un problema, que era la inseguridad legal en el uso, indicación y autorización de material sanitario y medicamentos no sujetos a prescripción médica así como en los que, estando sujetos a prescripción médica, utilizábamos conforme a protocolo. Ahora el problema es mucho más grave pues, desde el momento en el que el Real Decreto sea publicado en el BOE y entre en vigor, las enfermeras no podremos legalmente administrar ningún fármaco si previamente no hay un «prescriptor que determine previamente el diagnóstico médico del paciente que precisa el fármaco que prescribe y el protocolo o guía de práctica clínica a seguir«.

A nuestro juicio, la inseguridad jurídica en la que nos sumió la Ley 29/2006, se hubiera podido solventar exigiendo que donde pone «los médicos, los odontólogos y los podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas», se dijera «los médicos, las enfermeras, los odontólogos y los podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas», eliminando la alusión a la prescripción médica, pues téngase en cuenta que Enfermería tiene los mismos créditos en Farmacología que Podología y Odontología. Sin embargo, nuestros representantes optaron por ignorar esa cuestión y considerarlo una «competencia nueva» que era necesario acreditar mediante una formación que incomprensiblemente se inició cuando aún no estaban definidos los criterios de acreditación.

Tal vez la complicadísima maraña de argumentos insostenibles que pretendían justificar la necesidad de acreditación de lo que ya estaba acreditado esté en el origen de este disparatado resultado. Este Decreto, además de garantizar 270.000 alumnos a las empresas formadoras y propiciar un tremendo y bochornoso enfrentamiento entre los representantes médicos y de enfermería, y entre estos y el Ministerio, con gravísimos insultos y amenazas, no solo no soluciona la inseguridad jurídica de las enfermeras sino que la agrava. Somos conscientes de que la entrada en vigor del texto aprobado perjudicará gravemente no solo nuestra labor sino también los servicios que proporcionamos a los ciudadanos, a los que queremos dejar claro que en absoluto estos perjuicios responden a la voluntad de las enfermeras, ni a medidas de presión o chantaje sino al necesario respaldo legal y las graves consecuencias que para los profesionales podría comportar el incumplimiento de la legalidad vigente.

Ante esta situación, desde el Colegio de Enfermería de la Región de Murcia aconsejamos a las enfermeras cumplir escrupulosamente con la ley, puesto que fuera de ella, no tendrán la necesaria cobertura del seguro de responsabilidad civil. Somos conscientes también de que determinadas situaciones de urgencia harán del todo imposible el cumplimiento de los requisitos impuestos por la ley y que de ningún modo vamos a aceptar exponer la vida de las personas por este caos legislativo, así que buscaremos la forma en que esto no suceda y se proteja la vida y la salud de las personas y la seguridad jurídica de las enfermeras.

Nuestros servicios jurídicos ya trabajan en un posible recurso y hemos comenzado a contactar con los distintos grupos políticos de la Región para conocer su posición al respecto.

Adjuntamos los documentos referidos y que pueden ser de utilidad. Les mantendremos informados sobre los avances y novedades en este asunto.

 

La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermería de la Región de Murcia

 

Murcia, 26 de octubre de 2015

Comparativa texto Consejo de Ministros y el pactado en la Mesa de la Profesión Enfermera

Ejemplos de prescripción enfermera sin protección jurídica.

Nota de prensa Consejo General de la Enfermería.

Texto Real Decreto según Redacción Médica pendiente BOE.

26/10/2015-Comunicado del Colegio sobre la aprobación del R.D. Prescripción Enfermera
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