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Información importante para personal de Mutuas de Accidentes de Trabajo

La sentencia del TS número 53/2024 de 16 de enero establece la equiparación, a efectos de la baremación de méritos, de los trabajadores de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional (esta sentencia se refiere únicamente a estos profesionales), con los que desempeñan sus funciones en Centros pertenecientes a la Administración Pública.

Hasta ahora, los méritos profesionales se habían puntuado según el punto B-8 del baremo, que otorgaba 0,60 puntos por cada mes completo de servicios prestados en el sector privado, con relación laboral desempeñando las funciones de ATS/DUE.

A partir de ahora se entiende que esta valoración es errónea, ya que debería haberse aplicado el punto B-1, pues las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales desarrollan su actividad por delegación de la Seguridad Social, y por lo tanto debe dársele idéntico tratamiento que al resto de la Administración pública, cuyos trabajadores reciben 1 punto por mes trabajado.

Si eres o has sido trabajadora en Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad profesional y quieres reajustar la puntuación de tus méritos laborales en la Bolsa de Trabajo de DUE, el equipo jurídico del Colegio ha elaborado un escrito que podrás presentar con tus alegaciones al servicio de RRHH del Servicio Murciano de Salud.

IMPORTANTE

Es necesario REGISTRAR el escrito que hemos elaborado con tus alegaciones en Habitamia, en Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud o de forma digital (para lo que se necesitará firma electrónica). El plazo es el mismo que el resto de méritos que se incluyen nuevos en la bolsa del SMS, se cierra todos los años a finales de octubre para el baremo del año siguiente.

Escríbenos a enfermeria@enfermeriademurcia.org para solicitar el modelo de reclamación.

 

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