Nuestro secretario, José Mª Herrera, ha visitado las nuevas instalaciones del centro de Formación Profesional…
La OMC denunciará ante la UE el Real Decreto de medidas urgentes de contratación para la Covid-19
La Organización Médica Colegial (OMC) ha comunicado que denunciará, ante la Comisión Europea, el Real Decreto Ley aprobado sobre medidas urgentes en materia de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.Esta corporación médica considera que el texto aprobado por el Ejecutivo nacional “vulnera las orientaciones sobre la libre circulación de los profesionales sanitarios y la armonización mínima de la formación en relación con las medidas de emergencia contra la Covid-19, según las recomendaciones relativas a la Directiva 2005/36/CE”.
La citada directiva establece normas sobre el reconocimiento trasfronterizo de las cualificaciones profesionales. En el caso de determinadas profesiones sectoriales, como los médicos, también establece requisitos mínimos de formación a nivel de la Unión Europea (UE).
En este texto también se alude a distintos puntos que deben de ser los que guíen a los Estados miembro a la hora de estudiar medidas para abordar la escasez inmediata de personal o medidas para formar a futuros profesionales sanitarios.
Requisitos mínimos de formación
En cuanto al reconocimiento de los profesionales sanitarios con cualificaciones pendientes de países no pertenecientes a la UE/ Asociación Europea de Libre Comercio, éste se concede de conformidad con los procedimientos de los Estados miembro.
En el caso de las profesiones sanitarias en las que los requisitos mínimos de formación están armonizados a escala de la UE, incluidos médicos y enfermeros responsables de cuidados generales, deben respetarse los requisitos mínimos de formación de la UE. Si los profesionales tienen una cualificación de un país no perteneciente a la UE, en una de las profesiones que no cumple con los requisitos armonizados, el Estado miembro que tenga intención de reconocer dicho diploma debe aplicar medidas compensatorias.
Por ello, la OMC reitera su rechazo a este Real Decreto Ley al considerar que “es un grave error la concesión, incluso temporalmente, de las competencias de los médicos especialistas a los médicos que no han obtenido su titulación, en aras de la calidad de la asistencia y de la seguridad de los pacientes, y nos sitúa fuera de la normativa europea y, especialmente, de las Recomendaciones relativas a la Directiva 2005/36/CE sobre libre circulación de profesionales sanitarios y la armonización mínima de la formación en relación con las medidas de emergencia contra la Covid-19 (2020/C 156/01)”.